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El Gobierno de España declara la Real Casa de Correos —sede del Gobierno de la Comunidad de Madrid— Lugar de Memoria Democrática

La declaración de un inmueble como Lugar de Memoria Democrática está regulada por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, que permite al Estado reconocer espacios vinculados a violaciones de derechos humanos (como detenciones, torturas, represión política) con la finalidad de su “reconocimiento, difusión, interpretación y reparación simbólica”.

En el caso de la Real Casa de Correos, el motivo de la declaración es que durante la dictadura franquista —y en concreto desde 1939 hasta aproximadamente 1979— el edificio albergó la Dirección General de Seguridad (DGS), que “desempeñó un papel central en la represión política y social” del régimen, incluyendo detenciones, torturas y vigilancia ideológica.

El BOE indica que esta declaración tiene finalidad “conmemorativa, de homenaje, didáctica y reparadora”, y contempla la instalación de placas, distintivos, señalización de puntos de memoria, difusión audiovisual, etc.

¿Puede esto afectar el uso actual por la Comunidad de Madrid?

Una de las preguntas más frecuentes es si, al declararse Lugar de Memoria Democrática, el uso del edificio como sede del Ejecutivo autonómico se vería modificado o restringido. Los documentos oficiales señalan que:

  • La declaración no altera el uso actual del inmueble, esto es, la Comunidad de Madrid puede seguir empleándolo como sede institucional.
  • No obstante, el edificio deberá cumplir que “cualquier uso que se dé al bien habrá de ser compatible con las medidas propuestas de preservación de la memoria de las violaciones de los derechos humanos para que no vuelvan a repetirse”.

Por tanto, sí puede seguir siendo utilizada como sede autonómica, siempre que el uso sea compatible con los principios de memoria democrática, respeto a la dignidad de las víctimas, y no se vulneren los derechos humanos ni la neutralidad institucional.

¿Qué cambios trae esta declaración?

Los efectos prácticos de esta declaración incluyen:

  • Obligación de señalización: se podrá instalar una placa, paneles divulgativos o distintivo memorial interpretativo en el edificio para informar sobre su pasado de represión.
  • Difusión y educación: se prevé la realización de recursos audiovisuales, digitales o expositivos relativos a la memoria del inmueble.
  • Compatibilidad de usos: si bien la sede funciona con normalidad, cualquier evento, instalación o actuación en el inmueble deberá respetar los valores de pluralidad, concordia, respeto a la verdad histórica y la imagen institucional.

¿Hay conflicto institucional?

Por descontado. La Comunidad de Madrid ha expresado su disconformidad, argumentando que la declaración invade competencias autonómicas y reduce el edificio “al franquismo”, cuando tiene una historia que abarca muchos siglos.

El Gobierno autonómico presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional y elaboró una ley autonómica que pretendía regular el uso del edificio y las placas memoriales, aunque esa ley fue suspendida en parte.

La declaración de la Real Casa de Correos como Lugar de Memoria Democrática no implica su cierre ni la imposibilidad de seguir funcionando como sede del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Lo que sí exige es que tal uso sea compatible con los principios de memoria democrática: que se reconozca su pasado de represión y que se facilite su interpretación pública, sin que el edificio deje de cumplir su función institucional.

Así, la Comunidad puede seguir empleándolo como sede, pero deberá asumir ciertas obligaciones simbólicas y de difusión histórica vinculadas a su nuevo estatus.


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